La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas a los ex músicos del grupo Callejeros y a ex funcionarios porteños por el incendio del boliche República Cromañon, tragedia que el 30 de diciembre de 2004, provocó 194 muertos y centenares de heridos durante un recital. Pero el fallo no implica una inmediata detención ya que las defensas pueden apelar para intentar llegar a que la Corte Suprema revise el fallo.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó
ayer las condenas contra los ex integrantes del grupo Callejeros y ex
funcionarios porteños por la tragedia del boliche República Cromañón, en la que
murieron 194 personas el 30 de diciembre de 2004 durante un recital.
No obstante, el fallo no implica una inmediata detención ya
que las defensas cuentan con diez días para apelar mediante un recurso
extraordinario e intentar llegar a que la Corte Suprema revise el fallo, última
instancia posible. La revisión de las sentencias había sido ordenada por el máximo
Tribunal.
Los jueces Juan Carlos Gemignani, Pedro David y Gustavo
Hornos, por unanimidad, notificaron su decisión y el fallo fue recibido en los
tribunales federales de Comodoro Py con aplausos y llantos por parte de un
grupo de entre veinte y treinta familiares de víctimas de la tragedia.
Sobre Patricio “Pato” Fontanet, el ex líder de la banda,
pesa una condena de siete años de prisión; el ex baterista Eduardo Vázquez, si
bien tiene una condena de seis años, está cumpliendo otra de prisión
perpetua por el homicidio de su pareja Wanda Taddei; Cristian Torrejón, Elio
Delgado, Maximiano Djerfy y Juan Carbone tendrán que afrontar cinco años en la
cárcel; y Daniel Cardel, recibió tres años en suspenso.
Los músicos están acusados por el delito de estrago culposo
a raíz del principio de incendio, así como por cohecho activo por comprobarse
que se pagaron coimas para que el local pudiera funcionar en las condiciones en
que se encontraba.
La condena hacia los músicos está sustentada en que
eligieron el local bailable República Cromañón como lugar para brindar el show,
y por ende no evitaron un riesgo potencial y, a su vez, porque todos los
miembros de la banda –tal cual consta en testimonios- tomaban la decisión en
conjunto. “La decisión conjunta de los integrantes de Callejeros de brindar un
espectáculo masivo en República Cromañón importó en sí misma la violación de un
deber de cuidado que elevó el riesgo de incendio peligroso”, argumentó el
Tribunal.
“Ha quedado establecido previamente que al menos la elección
de República Cromañón fue una decisión tomada conjuntamente por todos los
integrantes del grupo; y que, aplicando una sencilla fórmula de dependencia
contrafáctica es fácil advertir que esa decisión estuvo causalmente relacionada
con la producción del incendio, pues de no haber tenido lugar, el resultado
peligroso no se habría producido”, sostuvo en su voto el camarista Gustavo
Hornos, al que adhirieron sus colegas.
Es decir que la Sala IV marcó la responsabilidad del grupo
Callejeros por presentarse en un local “cerrado y excesivamente sobrevendido”,
incluso ante la certeza práctica de que allí se detonarían artefactos
pirotécnicos.
Y sobre el entonces líder del grupo, Patricio Fontanet, los
jueces señalaron “su participación dolosa en el cohecho activo que posibilitó,
junto con otros factores, que una tragedia de estas características pueda tener
lugar”.
El criterio de los camaristas coincidió con el del fiscal de
Casación Raúl Pleé, quien al alegar sostuvo que “existió responsabilidad penal”
de los músicos porque “pudieron evitar la masacre de Cromañón”, pero, “por
codicia –afirmó- no lo hicieron”.
Por otra parte, la sentencia confirmó seis años de prisión
para Raúl Villareal, ex mano derecha de Omar Chabán. El Tribunal concluyó sobre
su situación que su conducta incrementó el riesgo de incendio peligroso para la
vida. Y destacaron que tuvo responsabilidad en el hecho al permitir el ingreso
de una cantidad de público abrumadoramente superior a la permitida y eximiendo
a muchos de los asistentes del cacheo tendiente a evitar el ingreso de
pirotecnia.
La única condena modificada con el fallo fue la de la ex
funcionaria del Gobierno de la Ciudad Ana María Fernández, que contaba con tres
años y seis meses y se la redujeron a los dos años y diez meses.
Asimismo, confirmaron las penas de los otros ex funcionarios
del gobierno porteño del área de Fiscalización y Control que estuvieron involucrados: Gustavo
Torres, de 3 años y nueve meses; y de Fabiana Fiszbin, de 4 años. Para los
camaristas, los funcionarios “contribuyeron al desenlace fatal” al incumplir
con sus obligaciones y no ejercer diligentemente el poder de policía que tenían
delegado, a pesar de las repetidas e insistentes advertencias que habían
recibido al respecto”, por lo que la omisión de inspeccionar el local que
funcionaba en Bartolomé Mitre al 3000, en el barrio de Balvanera, posibilitó su
funcionamiento “irregular e inseguro”.
En esta oportunidad no se revisaron las condenas del ex manager
del grupo, Diego Argañaraz, y del comisario Carlos Díaz, acusado de recibir
sobornos, quienes cuentan con una pena de cinco y ocho años, respectivamente.
La Sala IV consideró probado que el fallecido gerenciador de
Cromañón Omar Chabán pagaba coimas para que la Policía Federal garantizara el funcionamiento
del local. “Gracias al acuerdo que el explotador mantenía con el personal
policial”, los músicos “podrían desarrollar los shows con total ausencia de
control, asegurando, de esa manera, la posibilidad de que los seguidores
utilizaran la tan deseada y ansiada pirotecnia que caracterizaba a los eventos
de esa banda”, planteó.
Como el fallo no implica una inmediata detención, se abren
varios escenarios. Las defensas tienen diez días para apelar mediante un
recurso extraordinario para intentar llegar a que la Corte Suprema revise el
fallo. Si ese planteo es rechazado, quedarían al borde de la detención. Es que
pueden llegar al máximo tribunal presentando un recurso de queja, pero éste no
tiene efectos suspensivos sobre lo resuelto ayer por la Casación.
Además, el Tribunal Oral Criminal 24, el mismo que realizó
el juicio y fijó las condenas, también puede resolver dictar la prisión
preventiva de los condenados, mientras se espera que el fallo quede firme.
La causa Cromañón pasó por varias instancias e incluso en el
juicio no fueron condenados los músicos, aunque lo fueron luego por la Cámara
Federal de Casación Penal en su intervención anterior.
El trágico incendio del boliche República Cromañón causó 194
muertos durante la noche del 30 de diciembre de 2004, como consecuencia de que
desde el público que fue a ver el recital de Callejeros arrojara pirotecnia al
techo, que estaba cubierto por una media sombra.
Nota con despachos de agencias Télam y Noticias Argentinas
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