Cromañón: Confirmaron las condenas contra los ex músicos de Callejeros

La Cámara Federal de Casación Penal confirmó las condenas a los ex músicos del grupo Callejeros y a ex funcionarios porteños por el incendio del boliche República Cromañon, tragedia que el 30 de diciembre de 2004, provocó 194 muertos y centenares de heridos durante un recital. Pero el fallo no implica una inmediata detención ya que las defensas pueden apelar para intentar llegar a que la Corte Suprema revise el fallo.

Familiares de las víctimas aguardaban el fallo en los tribunales de Comodoro Py. (Foto cortesía Twitter Sergio Farella)

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó ayer las condenas contra los ex integrantes del grupo Callejeros y ex funcionarios porteños por la tragedia del boliche República Cromañón, en la que murieron 194 personas el 30 de diciembre de 2004 durante un recital.

No obstante, el fallo no implica una inmediata detención ya que las defensas cuentan con diez días para apelar mediante un recurso extraordinario e intentar llegar a que la Corte Suprema revise el fallo, última instancia posible. La revisión de las sentencias había sido ordenada por el máximo Tribunal.

Los jueces Juan Carlos Gemignani, Pedro David y Gustavo Hornos, por unanimidad, notificaron su decisión y el fallo fue recibido en los tribunales federales de Comodoro Py con aplausos y llantos por parte de un grupo de entre veinte y treinta familiares de víctimas de la tragedia.

Sobre Patricio “Pato” Fontanet, el ex líder de la banda, pesa una condena de siete años de prisión; el ex baterista Eduardo Vázquez, si bien tiene una condena de seis años, está cumpliendo otra de prisión perpetua por el homicidio de su pareja Wanda Taddei; Cristian Torrejón, Elio Delgado, Maximiano Djerfy y Juan Carbone tendrán que afrontar cinco años en la cárcel; y Daniel Cardel, recibió tres años en suspenso.

Los músicos están acusados por el delito de estrago culposo a raíz del principio de incendio, así como por cohecho activo por comprobarse que se pagaron coimas para que el local pudiera funcionar en las condiciones en que se encontraba.

La condena hacia los músicos está sustentada en que eligieron el local bailable República Cromañón como lugar para brindar el show, y por ende no evitaron un riesgo potencial y, a su vez, porque todos los miembros de la banda –tal cual consta en testimonios- tomaban la decisión en conjunto. “La decisión conjunta de los integrantes de Callejeros de brindar un espectáculo masivo en República Cromañón importó en sí misma la violación de un deber de cuidado que elevó el riesgo de incendio peligroso”, argumentó el Tribunal.

“Ha quedado establecido previamente que al menos la elección de República Cromañón fue una decisión tomada conjuntamente por todos los integrantes del grupo; y que, aplicando una sencilla fórmula de dependencia contrafáctica es fácil advertir que esa decisión estuvo causalmente relacionada con la producción del incendio, pues de no haber tenido lugar, el resultado peligroso no se habría producido”, sostuvo en su voto el camarista Gustavo Hornos, al que adhirieron sus colegas.

Es decir que la Sala IV marcó la responsabilidad del grupo Callejeros por presentarse en un local “cerrado y excesivamente sobrevendido”, incluso ante la certeza práctica de que allí se detonarían artefactos pirotécnicos.

Y sobre el entonces líder del grupo, Patricio Fontanet, los jueces señalaron “su participación dolosa en el cohecho activo que posibilitó, junto con otros factores, que una tragedia de estas características pueda tener lugar”.

El criterio de los camaristas coincidió con el del fiscal de Casación Raúl Pleé, quien al alegar sostuvo que “existió responsabilidad penal” de los músicos porque “pudieron evitar la masacre de Cromañón”, pero, “por codicia –afirmó- no lo hicieron”.

Por otra parte, la sentencia confirmó seis años de prisión para Raúl Villareal, ex mano derecha de Omar Chabán. El Tribunal concluyó sobre su situación que su conducta incrementó el riesgo de incendio peligroso para la vida. Y destacaron que tuvo responsabilidad en el hecho al permitir el ingreso de una cantidad de público abrumadoramente superior a la permitida y eximiendo a muchos de los asistentes del cacheo tendiente a evitar el ingreso de pirotecnia.

La única condena modificada con el fallo fue la de la ex funcionaria del Gobierno de la Ciudad Ana María Fernández, que contaba con tres años y seis meses y se la redujeron a los dos años y diez meses.

Asimismo, confirmaron las penas de los otros ex funcionarios del gobierno porteño del área de Fiscalización y Control que estuvieron involucrados: Gustavo Torres, de 3 años y nueve meses; y de Fabiana Fiszbin, de 4 años. Para los camaristas, los funcionarios “contribuyeron al desenlace fatal” al incumplir con sus obligaciones y no ejercer diligentemente el poder de policía que tenían delegado, a pesar de las repetidas e insistentes advertencias que habían recibido al respecto”, por lo que la omisión de inspeccionar el local que funcionaba en Bartolomé Mitre al 3000, en el barrio de Balvanera, posibilitó su funcionamiento “irregular e inseguro”.

En esta oportunidad no se revisaron las condenas del ex manager del grupo, Diego Argañaraz, y del comisario Carlos Díaz, acusado de recibir sobornos, quienes cuentan con una pena de cinco y ocho años, respectivamente.

La Sala IV consideró probado que el fallecido gerenciador de Cromañón Omar Chabán pagaba coimas para que la Policía Federal garantizara el funcionamiento del local. “Gracias al acuerdo que el explotador mantenía con el personal policial”, los músicos “podrían desarrollar los shows con total ausencia de control, asegurando, de esa manera, la posibilidad de que los seguidores utilizaran la tan deseada y ansiada pirotecnia que caracterizaba a los eventos de esa banda”, planteó.

Como el fallo no implica una inmediata detención, se abren varios escenarios. Las defensas tienen diez días para apelar mediante un recurso extraordinario para intentar llegar a que la Corte Suprema revise el fallo. Si ese planteo es rechazado, quedarían al borde de la detención. Es que pueden llegar al máximo tribunal presentando un recurso de queja, pero éste no tiene efectos suspensivos sobre lo resuelto ayer por la Casación.

Además, el Tribunal Oral Criminal 24, el mismo que realizó el juicio y fijó las condenas, también puede resolver dictar la prisión preventiva de los condenados, mientras se espera que el fallo quede firme.

La causa Cromañón pasó por varias instancias e incluso en el juicio no fueron condenados los músicos, aunque lo fueron luego por la Cámara Federal de Casación Penal en su intervención anterior.

El trágico incendio del boliche República Cromañón causó 194 muertos durante la noche del 30 de diciembre de 2004, como consecuencia de que desde el público que fue a ver el recital de Callejeros arrojara pirotecnia al techo, que estaba cubierto por una media sombra.

Nota con despachos de agencias Télam y Noticias Argentinas

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