La Justicia sobreseyó a un hombre denunciado por besar de prepo a la empleada de un lavadero de Belgrano

Para los jueces no existieron pruebas para imputarle el delito de “abuso sexual”.

La Justicia sobreseyó a un hombre que había sido denunciado por haber besado en la boca a la empleada de un lavadero contra su voluntad, luego de considerar que la mujer no cuenta con pruebas para imputarlo por abuso sexual.

Según fuentes judiciales, la Sala I de la Cámara del Crimen revocó el procesamiento de primera instancia, dictado por el juez Guillermo Caravajal, como también el embargo que le impuso por cinco mil pesos.

El acusado, cuya identidad no trascendió, fue denunciado por la empleada de un lavadero de ropa ubicado en la calle Juramento, en la Capital, por el hecho que tuvo lugar el pasado 16 de enero.

Al imputado se le atribuyó “haber abusado sexualmente, dándole un beso a la altura de la boca contra su voluntad, en oportunidad en la que concurrió al local denominado Speed Wash Spa de Ropa”.

Según la información judicial, el hombre “al pasar a su lado, de manera imprevista la besó a la altura de la boca, para luego dirigirse hacia la parte posterior del local, donde se puso a contar las prendas que tenía para lavar. Al no saber cómo reaccionar y con temor, dado que se hallaba sola, ésta le dijo que llevara sus prendas ya contadas”. Y al día siguiente de ese hecho, el hombre concurrió al local a retirar la ropa lavada, y “se le acercó en forma exagerada, y de modo intimidante, la miró y le dijo ‘y ahora qué hacemos’” a la mujer.

La empleada del lavadero le habría contado la situación a su pareja, quien rápidamente se acercó al lugar, increpó al hombre y se trenzaron en una pelea en la que tuvo que intervenir la Policía. Luego se formuló la denuncia.

Los camaristas Jorge Rimoldi, Alfredo Barbarosch y Luis Bunge Campos consideraron llamativo que la mujer no haya contado del primer encuentro con el acusado a su pareja, a quien sí le contó lo ocurrido al día siguiente.

“Sólo contamos con los dichos de (la presunta víctima) que se contraponen con la férrea negativa del aquí imputado, sin que se vislumbre prueba o medida alguna que se encuentre pendiente de producción que permita reforzar una u otra versión, de manera de poder sustentar un temperamento como el cuestionado”, concluyeron los jueces.

“No corresponde el avance de la causa al encontramos frente a un típico supuesto en el que así disponerse constituiría un desgaste jurisdiccional innecesario y estéril por el pronóstico de negativa certeza que, desde el punto de vista probatorio representa la ausencia de elementos de convicción que avalen la denuncia”, señalaron.

Nota con despacho de agencia Noticias Argentinas

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