Es el monto
que se deberá pagar si no se concurre a sufragar en las elecciones primarias de
agosto ni en las legislativas de octubre y no se justifica la ausencia. Y los
nuevos padrones tendrán foto y código de barras.
Quienes, concluido el comicio, no hayan votado, deberán justificar su ausencia a la Justicia Nacional Electoral
La Cámara
Nacional Electoral definió el monto de las multas para los ciudadanos que no
vayan a votar y no justifiquen su ausencia en las próximas elecciones primarias
de agosto y las legislativas de octubre: será de hasta 150 pesos.
El valor de
la multa para todos aquellos ciudadanos que no voten ni justifiquen la no emisión
del sufragio será de 50 pesos en la primera infracción.
Pero en los
casos en que un elector no vote en ninguna de las dos elecciones –las primarias
de agosto ni las generales de octubre- la multa por la segunda infracción
ascenderá a 100 pesos, que se acumularán a los 50 pesos correspondientes a la
primera infracción. Es decir, será de 150 pesos.
Los jueces
Alberto Dalla Via, Rodolfo Munné y Santiago Corcuela, a través de una acordada
extraordinaria, reglamentaron estas y otras cuestiones relacionadas con las
reformas al Código Nacional Electoral.
El tribunal
instrumentó el Registro de Infractores al deber de votar, que consistirá en la
nómina de todos aquellos electores que el día de los comicios no concurran a
votar y que tampoco justifiquen, en el plazo previsto, el motivo por el que no
sufragaron.
Los
electores deberán justificar su abstención a votar dentro de los 60 días
siguientes a los comicios ante la Justicia Nacional Electoral con el
comprobante que demuestre el impedimento al deber de votar.
Y en el
caso de los fiscales partidarios, cada fuerza política que participe en los
comicios deberá remitir a los jueces federales electorales, dentro de los diez
días siguientes a cada elección y a través de un aplicativo informático, la nómina
de quienes actuaron como tales en las mesas de votación.
Los nuevos
padrones tendrán foto y código de barras
La Cámara
Nacional Electoral aprobó los nuevos formatos de los padrones electorales que
utilizarán las autoridades de mesa en las elecciones primarias y las legislativas
de agosto y octubre próximos, respectivamente.
Los nuevos
padrones incluirán, además de los datos habituales, un espacio para la firma
del ciudadano, la fotografía del votante y un troquel con un código de barras
que se entregará luego de emitido el sufragio a aquellos que posean el nuevo
DNI. Esto reemplazará al sello como constancia del voto.
Así es el modelo del nuevo padrón (Foto: CIJ - Centro de Información Judicial)
Finalizado
el acto eleccionario, se escanearán los códigos de barra no entregados para imponer
las sanciones previstas por la ley a aquellos que no hayan votado.
No
obstante, desde el Ministerio del Interior de la Nación se recordó que en estas
elecciones de 2013 se puede votar con todos los DNI, incluyendo los de formato “libreta”.
Se debe votar con el último documento vigente que tiene cada ciudadano.
Nota con
despacho de agencias Télam y Noticias Argentinas
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