La multa para los que no vayan a votar es de hasta 150 pesos

Es el monto que se deberá pagar si no se concurre a sufragar en las elecciones primarias de agosto ni en las legislativas de octubre y no se justifica la ausencia. Y los nuevos padrones tendrán foto y código de barras.

Quienes, concluido el comicio, no hayan votado, deberán justificar su ausencia a la Justicia Nacional Electoral

La Cámara Nacional Electoral definió el monto de las multas para los ciudadanos que no vayan a votar y no justifiquen su ausencia en las próximas elecciones primarias de agosto y las legislativas de octubre: será de hasta 150 pesos.

El valor de la multa para todos aquellos ciudadanos que no voten ni justifiquen la no emisión del sufragio será de 50 pesos en la primera infracción.

Pero en los casos en que un elector no vote en ninguna de las dos elecciones –las primarias de agosto ni las generales de octubre- la multa por la segunda infracción ascenderá a 100 pesos, que se acumularán a los 50 pesos correspondientes a la primera infracción. Es decir, será de 150 pesos.

Los jueces Alberto Dalla Via, Rodolfo Munné y Santiago Corcuela, a través de una acordada extraordinaria, reglamentaron estas y otras cuestiones relacionadas con las reformas al Código Nacional Electoral.

El tribunal instrumentó el Registro de Infractores al deber de votar, que consistirá en la nómina de todos aquellos electores que el día de los comicios no concurran a votar y que tampoco justifiquen, en el plazo previsto, el motivo por el que no sufragaron.

Los electores deberán justificar su abstención a votar dentro de los 60 días siguientes a los comicios ante la Justicia Nacional Electoral con el comprobante que demuestre el impedimento al deber de votar.

Y en el caso de los fiscales partidarios, cada fuerza política que participe en los comicios deberá remitir a los jueces federales electorales, dentro de los diez días siguientes a cada elección y a través de un aplicativo informático, la nómina de quienes actuaron como tales en las mesas de votación.

Los nuevos padrones tendrán foto y código de barras

La Cámara Nacional Electoral aprobó los nuevos formatos de los padrones electorales que utilizarán las autoridades de mesa en las elecciones primarias y las legislativas de agosto y octubre próximos, respectivamente.

Los nuevos padrones incluirán, además de los datos habituales, un espacio para la firma del ciudadano, la fotografía del votante y un troquel con un código de barras que se entregará luego de emitido el sufragio a aquellos que posean el nuevo DNI. Esto reemplazará al sello como constancia del voto.

Así es el modelo del nuevo padrón (Foto: CIJ - Centro de Información Judicial)

Finalizado el acto eleccionario, se escanearán los códigos de barra no entregados para imponer las sanciones previstas por la ley a aquellos que no hayan votado.

No obstante, desde el Ministerio del Interior de la Nación se recordó que en estas elecciones de 2013 se puede votar con todos los DNI, incluyendo los de formato “libreta”. Se debe votar con el último documento vigente que tiene cada ciudadano.

Nota con despacho de agencias Télam y Noticias Argentinas

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