La Ciudad multará a quienes no cumplan con el grabado de autopartes en vehículos

La Legislatura porteña aprobó en la sesión de ayer una modificación al Régimen de Faltas de Tránsito, por lo que el titular de un vehículo o moto que no haya realizado el grabado del número de dominio (la patente) en seis partes distintas de la carrocería de dicha unidad será sancionado con una multa.

(Foto: Diario Los Andes)

La combinación de números y letras de la patente del vehículo deberá grabarse en el lateral externo de las puertas, en la parte inferior y superior del capot, y en la parte inferior y superior del baúl. De no tener el grabado, la multa “alcanzará a unas 150 unidades fijas”, según consta en la norma.

En el caso de los vehículos de dos puertas, el grabado se deberá realizar “en los parantes, a media altura del mismo, cumplimentando las seis partes, debiendo ser designados los lugares específicos a ser grabados por vía de reglamentación”.

La Ley 3708 de Registro de Verificación de Autopartes establece en su artículo segundo que “en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires la obligatoriedad, para todo vehículo automotor registrado en esta jurisdicción ante el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, del grabado del número de dominio- tres letras y tres números- en seis partes de la carrocería”.

La iniciativa fue impulsada por el vicepresidente primero de la Legislatura, Cristian Ritondo (PRO) que tuvo una modificación propuesta por el legislador de la Unión Cívica Radical Claudio Presman, que fue aceptada.

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