Desde el lunes, la AFIP devolverá las retenciones del cepo cambiario

Corresponde a las de 2012, 2013 y 2014. Pero las del año pasado se cobrarán recién a partir de junio. ¿Qué pasos hay que seguir? ¿Cómo se va a devolver? Todo lo que hay que saber.


El Gobierno Nacional comenzará a devolver desde el lunes y hasta fin de año el dinero retenido a quienes compraron dólares para ahorro y turismo y a quienes realizaron consumos en el exterior desde 2012 por el eliminado cepo cambiario, pero las retenciones correspondientes al 2015 serán depositadas recién a partir de junio.

La devolución corresponde al 20 por ciento aplicado por la AFIP para la modalidad “ahorro” y del 35 por ciento para los que adquirían divisas para viajes o realizaban compras en otros países. Esta medida alcanza a todos los ahorristas, turistas o consumidores no alcanzados, que no tributan ni impuesto a las Ganancias ni Bienes Personales.

En el organismo recaudador estiman que unas cien mil personas reclamaron la devolución de lo retenido durante la vigencia del cepo. Dentro de los próximos 30 días recibirán en sus cuentas bancarias el dinero que les corresponde, si es que se adeudan percepciones de 2012, 2013 o 2014.

¿Porqué hubo tanta demora para recibir lo retenido? Por un lado, porque la AFIP nunca depositó lo correspondiente y, por otro, porque algunas personas presentaron la documentación fuera de la fecha estipulada.

La devolución se realizará de acuerdo al monto. Las de bajo monto se recibirán en una sola cuota y en los casos de cifras más altas, en dos o tres cuotas. En promedio, son unos 10 mil pesos por contribuyente y un esfuerzo fiscal de mil millones de pesos.

Lo retenido durante 2015 se devolvería recién en la segunda mitad de este año porque las declaraciones juradas de Ganancias y Bienes Personales vencen en junio próximo. Los reclamos del año pasado podrían superar los 500 millones de pesos.

Quienes no hicieron el reclamo pueden realizarlo a través de la página web de la AFIP, mediante el “Procedimiento para la devolución de percepciones por operaciones en moneda extranjera” (Formulario 746/A). (Ver guía de AFIP en PDF).

Quienes sí paguen Ganancias o Bienes Personales cobrarán lo correspondiente a partir de febrero, con lo que se dará una situación asimétrica con quienes tengan mejores salarios, ya que deberán esperar al menos cuatro meses más para recibir el depósito en sus cuentas bancarias.

Un dato importante: los que hicieron el reclamo deben verificar en el sistema o web de la AFIP haber ingresado la CBU para que el organismo recaudador pueda transferir todo el dinero retenido en los últimos cuatro años en la cuenta bancaria.

Si se tiene una deuda con la AFIP, como ser cuotas del Monotributo, debe previamente cancelar esa obligación para que el ente recaudador pueda acreditar lo retenido. El contribuyente sería citado a la agencia de la AFIP que le corresponda por domicilio fiscal para comunicarle lo adeudado ya que el sistema no permitiría compensar parcial o totalmente el pasivo.

Nota con despacho de agencia Noticias Argentinas

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